Dos proyectos serán discutidos en el Concejo el 085 para que se aprueben vigencias futuras excepcionales y el 086 para que se aprueben vigencias futuras ordinarias
El Concejo abrió las inscripciones para todas las personas naturales y jurídicas de Cartagena, interesadas en participar en las audiencias públicas este jueves, para hacer sus aportes y discusiones en estas dos iniciativas del Distrito.
Las personas interesadas deberán inscribirse en la secretaría general del Concejo 24 horas antes al inicio de la audiencia, presentando una ponencia por escrito sobre los temas a discutir.
El Distrito pide al Concejo la aprobación de cerca de 73 mil millones de pesos en vigencias futuras excepcionales con cargo al presupuesto de 2018.
De estos recursos $27.282 millones serán destinados a la prestación del servicio de alimentación escolar a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes focalizados dentro del Plan de Alimentación Escolar, (PAE). $4.772 millones, serán destinados al servicio de transporte escolar para los estudiantes de las instituciones educativas oficiales; otros 40 mil millones de pesos serán destinados a diversos contratos para la prestación del servicio educativo en el Distrito en sus diferentes formas.
Así mismo, en cuanto a las vigencias futuras ordinarias el Concejo deberá aprobar cerca de 10 mil millones de pesos los cuales serán destinados asi: $3.271 millones destinados a los adultos mayores incluyendo alimentación para los centros de vida, otros $5.300 millones para la contratación del servicio de aseo en las instituciones educativas oficiales de la ciudad.
Unos mil millones de pesos para las matriculas de estudiantes de educación superior en el Colegio Mayor de Bolívar y la UNAD; $184 millones para el pago de arrendamiento de inmuebles de algunas instituciones educativas. A lo anterior se suman unos 479 millones de pesos para la alimentación de las reclusas de San Diego.
Vigencias futuras
Una vigencia futura es una autorización otorgada para la nación, y para las entidades territoriales, otorgada en principio por la dependencia encargada de la dirección, coordinación y seguimiento del presupuesto y posteriormente sometida a la aprobación del Concejo o la Asamblea Departamental, para la asunción de obligaciones que afecten el presupuesto de gastos de vigencias fiscales subsiguientes, es decir, autorizaciones sobre recursos fiscales dentro de presupuestos futuros, para ejecutar un determinado gasto.
De acuerdo con lo establecido en la ley 819 del 2003, las vigencias futuras pueden ser ordinarias o extraordinarias. La diferencia entre una y otra radica esencialmente en que para la primera, la entidad debe contar en la vigencia de solicitud, con una apropiación presupuestal igual o superior al 15% del valor solicitado, mientras que será excepcional cuando en la vigencia en que se realiza la solicitud, no se cuenta con apropiación alguna para amparar el compromiso por celebrarse.
Al presupuesto
La Secretaría de Hacienda distrital, una vez comprometidos los recursos a que se refiere el artículo anterior, deberá incluir en el presupuesto de la vigencia fiscal de 2018 la asignación necesaria para cumplir con los compromisos adquiridos.
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